
ESTATUTOS
Artículo 1
Con la denominación Asociación Cultural Ponterapia se constituye esta entidad, que regula sus actividades de acuerdo con lo establecido en la Ley 4/2008, del 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas; la Ley orgánica 1/2002, del 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, y sus estatutos.
Artículo 2
Los fines de la asociación son:
1. Dar a conocer y enseñar la música de raíz turca (de Turquia y de Asia central) en sus vertientes tradicional, clásica y sufí.
2. Dar a conocer y enseñar el sistema de musicoterapia basado en las músicas y danzas de Asia central y en el makam musical de la música otomana, concretamente el método de musicoterapia Dr. Oruç Güvenç.
3. Acercar la corriente espiritual del Sufismo como herramienta de autoconocimiento y desarrollo personal.
4. Establecer puentes intelectuales, artísticos y culturales entre occidente y el islam que ayuden a promover la paz y la comprensión mutuas.
Para conseguir sus fines, la asociación realiza las siguientes actividades:
1. Clases regulares de música en la Escuela de Música y Musicoterapia Turca y Sufí.
2. Talleres de Musicoterapia y Sufismo.
3. Conciertos de músicas de Asia central, música turco-otomana, y danza del Sema.
4. Conferencias y charlas sobre las temáticas de la musicoterapia y del sufismo.
5. Presentaciones de los libros escritos por el Dr. Jordi Delclòs.